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lunes, 21 noviembre 2022 10:47

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La Orden TMA/851/2021. Hacia una ciudad inclusiva (parte I)
04 - 02 - 2022

La Orden TMA/851/2021. Hacia una ciudad inclusiva (parte I)

Tras la aprobación de la nueva orden ministerial, la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados, cabría preguntarnos cómo puede contribuir al desarrollo de ciudades más inclusivas para las personas con discapacidad y qué avances supone sobre la Orden VIV/561/2010, documento técnico al que sustituye. La Orden VIV/561/2010, de 1 febrero, desarrollaba igualmente condiciones básicas de accesibilidad en los espacios públicos urbanizados, constituyendo así el mínimo común denominador para todo el territorio del Estado en esta materia. Por consiguiente, la Orden TMA/851/2021, que ha entrado en vigor el 2 de enero, supone la actualización de la Orden VIV, de la que además conserva su enunciado. Asimismo, se adapta a los cambios normativos producidos en los once últimos años, como han sido los textos refundidos de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y el de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Once años parece ser un margen de tiempo razonable de aprendizaje y puesta en práctica de aquellas condiciones básicas primeras, aunque es sabido que los desarrollos en el ámbito urbanístico se producen de forma más lenta a lo que podríamos esperar y muchas veces por detrás de las circunstancias que soportan las ciudades y sus ciudadanos. Por ello, hay algunas preguntas en el aire ante el anuncio de esta nueva orden. Desde este blog trataremos de analizar algunas de estas cuestiones en sucesivos artículos. No obstante, la cuestión general que nos lleva a comenzar este camino es: ¿Son las condiciones básicas de la Orden TMA/851/2021 menos básicas que las de Orden VIV/561/2010? Entendemos por condiciones básicas aquellas que resultan necesarias a los ciudadanos y que de alguna manera pueden ser provistas en la sociedad en la que vivimos creando un marco común de desarrollo. Estas condiciones básicas dan respuesta en gran medida a nuestras prácticas ordinarias, pero pudiendo ser aceptable, debemos preguntarnos si es suficiente. Lo común no significa equitativo. Por ello, debemos mantenernos alerta ante otras situaciones no contempladas, por resultar poco visibles, por su carácter emergente u otras razones. Comenzaremos, por tanto, en este artículo por repasar el campo de aplicación de la Orden TMA. En el artículo 3.1 se define el espacio público urbanizado como “el conjunto de espacios peatonales y vehiculares, de paso o estancia, no adscritos a una edificación, y que forman parte del dominio público o están destinados al uso público, en el suelo en situación básica de urbanizado de conformidad con lo dispuesto por la legislación estatal de suelo”. Con respecto a la Orden VIV, se señala de forma explícita que aquellos espacios urbanizados vinculados a la edificación no son regulados por la Orden TMA, sino por el Código Técnico de la Edificación. A este respecto, se ha procurado también unificar criterios de diseño en los elementos comunes definidos en ambos documentos. Al final, una escalera en un espacio u otro deberá cumplir con las mismas condiciones de accesibilidad definidas en el Documento Básico SUA, Seguridad de utilización y accesibilidad. Por otra parte, el espacio público urbanizado lo constituyen los espacios de dominio público, así como los destinados a uso público, ya sean estos últimos espacios privados de uso comunitario. Se responde de esta manera a una cuestión reincidente sobre las vías y plazas de urbanizaciones privadas que por su carácter comunitario son reguladas por la Orden. En la nueva Orden desaparecen las referencias al carácter permanente o temporal de los espacios, que si contemplaba la Orden VIV. Si será aplicable a las obras realizadas en él espacio público o a las instalaciones derivadas de actividades comerciales. Deberá ser por tanto responsabilidad de otras administraciones regular la accesibilidad de eventos culturales, deportivos u otros celebrados en los espacios públicos urbanizados. Por último, cabe señalar la aclaración que se realiza sobre los paseos marítimos y playas en el apartado 2 del el artículo 3, donde se establece que “los tramos urbanos de las playas tal y como se definen en la legislación estatal en materia de costas” quedan regulados por la Orden TMA. Aun siendo regulados en la anterior Orden, estos entornos no se encontraban incluidas de forma manifiesta. La Orden TMA, con la introducción de estas modificaciones en relación con el campo de aplicación, consigue resolver algunas de las dudas que se planteaban en la Orden VIV. Aquellos entornos que quedaban en tierra de nadie o en la de muchos podrán, y debe ser así, tratados en el ámbito que corresponda. Madrid, 2 de febrero de 2022 Nieves Peinado Margalef

lunes, 14 noviembre 2022 12:42

¿Existen en España centros similares al Ceapat?
31 - 01 - 2022

¿Existen en España centros similares al Ceapat?

El Ceapat es un centro público dependiente del Imserso y a su vez, actualmente, del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que tiene como finalidad, entre otras muchas funciones, la información y asesoramiento en productos de apoyo. En 2008, por iniciativa del Ceapat, se creó en España una Red de centros que tenían en común ofrecer información y asesoramiento en productos de apoyo, aunque pudieran realizar además otras funciones, diferentes en cada uno de los casos. Todos los centros que forman parte de la Red disponen de un espacio dedicado como actividad principal a los productos de apoyo. Cuentan con un equipo de profesionales especializados para ofrecer información, asesoramiento y formación. Pertenecen a la Administración Pública o cuentan con el respaldo de un organismo público. Esta Red está abierta a la incorporación de nuevos centros que cumplan los requisitos establecidos por los miembros fundadores de la misma. Al tratarse de centros públicos o con financiación pública, son centros que ofrecen sus servicios de forma gratuita y con un asesoramiento objetivo, teniendo siempre en cuenta las capacidades, necesidades y preferencias de la persona para dar la mejor solución disponible. En casi todas las comunidades autónomas existe un centro de información y asesoramiento en productos de apoyo que forma parte de la Red. La mayoría de ellos dispone de una zona de exposición y demostración de productos. Cualquier ciudadano de su zona de influencia puede solicitar asesoramiento pidiendo cita previa. Actualmente forman parte de la Red 14 centros, situados en Asturias (1), Cantabria (1), País Vasco (2), Navarra (1), La Rioja (1), Aragón (1), Cataluña (1), Castilla y León (1), Madrid (1), Castilla la Mancha (1), Comunidad Valenciana (1), Andalucía (1) y Canarias (1). A esta Red de centros se le llamó iProA (Centros de Información en Productos de Apoyo). En el siguiente enlace, se puede encontrar información sobre todos sus miembros: https://ceapat.imserso.es/web/ceapat/el-ceapat/foro-iproa

lunes, 21 noviembre 2022 18:29

Soluciones para facilitar el acceso al vehículo. Asientos multifunción.
28 - 01 - 2022

Soluciones para facilitar el acceso al vehículo. Asientos multifunción.

Planteamiento inicial La movilidad es un derecho de todas las personas, y la posibilidad de poder utilizar un vehículo con todas las garantías de comodidad y seguridad por parte de usuarios con diferentes perfiles de movilidad, es un aspecto fundamental para mantener una mínima calidad de vida, autonomía e independencia. En la actualidad, cada vez son más las personas mayores con dificultades en la movilidad y personas con discapacidad y movilidad reducida que utilizan su vehículo particular para realizar los desplazamientos necesarios en su vida diaria, sobre todo en las zonas rurales, en las que el transporte público, no está adaptado a sus necesidades, no es accesible o directamente ese transporte público no existe. Uno de los principales problemas con los que se encuentra este colectivo, bien sean personas usuarias de silla de ruedas o con diferentes perfiles de movilidad, es el acceso al vehículo, es decir la entrada y salida. La norma UNE-EN ISO 9999. Productos de apoyo para personas con discapacidad, establece una clasificación y terminología de productos de apoyo, producidos especialmente o disponibles en el mercado, para personas con discapacidad. Según la clasificación de esta norma, el código correspondiente a los productos de apoyo que se van a mostrar aquí, es el 12 12 12. Asientos y cojines para vehículos a motor y accesorios y adaptaciones relacionadas con los asientos de los vehículos y los define como “Dispositivos diseñados para permitir que una persona suba o baje de un asiento de un vehículo a motor, o para apoyo de una persona sentada durante el viaje”. En función de las necesidades de accesibilidad de cada persona, el acceso al vehículo particular se puede realizar: Con la propia silla de ruedas, adaptando el vehículo para poder acceder a él con comodidad y seguridad. Con la ayuda de diferentes dispositivos que facilitan la transferencia al asiento original del vehículo. Algunas de estas soluciones se puede ver en este documento publicado por el Ceapat, “Productos que facilitan el acceso al vehículo” Acceso a la descarga desde este enlace Mediante la instalación en el vehículo de asientos multifunción, solución que veremos a continuación. Asientos multifunción Esta solución ofrece la posibilidad de poder viajar de manera totalmente integrada junto al resto de pasajeros, con seguridad y comodidad en el asiento del vehículo y en el caso de conducir, permite acceder con facilidad al puesto de conducción. Los asientos multifunción, sustituyen al asiento original del vehículo, se colocan sobre una base giratoria, elemento que se instala entre el piso del vehículo y el asiento, y están diseñados para facilitar el acceso y salida del vehículo a las personas con diferentes necesidades de accesibilidad. En función de la base giratoria, el asiento puede realizar diferentes funciones como giro, extracción, desplazamiento, elevación, basculación, etc. Antes de tomar una decisión, es recomendable una valoración por los diferentes profesionales, con el fin de determinar el modelo más adecuado en función de las necesidades de accesibilidad y del tipo de vehículo en el que se pretende instalar el asiento, entre otros factores. Tanto los asientos como las bases giratorias se fabrican fuera de España aunque la instalación y posterior homologación del vehículo, la realizan las diferentes empresas españolas del sector. Algunos fabricantes europeos como BraunAbility Europa, Paravan, Recaro, etc., disponen de diferentes opciones de accesibilidad. Se muestran a continuación algunas soluciones que hay en el mercado: Asiento adaptado “Turnout” El “Turnout” es un asiento giratorio diseñado para las personas con dificultades para entrar al vehículo o hacer la transferencia desde la silla de ruedas. Se instala entre el suelo del vehículo y el asiento original. Para conservar una altura adecuada del asiento dentro del vehículo, debe combinarse con un asiento específico. No se recomienda utilizar el asiento original. Esta es la solución más sencilla de asiento adaptado. Con la instalación de esta base, el asiento gira hacia afuera a 90 º por encima del umbral de la puerta, facilitando así la entrada/salida del vehículo. Se puede instalar tanto en el lado del conductor, como en el de los pasajeros, y puede ser de uso manual controlado por una palanca o eléctrico mediante un mando. Asiento adaptado “Turny” Elevador que gira el asiento hacia el exterior del vehículo y se regula a la altura adecuada a las necesidades de accesibilidad de la persona. Existen diferentes modelos en función del tamaño del vehículo y de las necesidades de la persona que lo va a utilizar. Asientos especiales Por lo general, el asiento original del vehículo no está diseñado para realizar las diferentes funciones de giro, extracción, descenso, elevación, etc., necesarias para que las personas con necesidades de accesibilidad, accedan con facilidad y seguridad al vehículo. Este es el motivo principal para cambiar el asiento original por un asiento especial que será diferente en función de las necesidades de la persona que lo vaya a utilizar bien como pasajera o como conductora del vehículo. Asiento ergonómico “BEV” (nombre comercial de Braunability) se puede combinar con las bases giratorias Turny o Turnout cuando se dispone de un espacio reducido en el vehículo. El asiento “Recaro Specialist L” (nombre comercial) viene equipado con extensiones de brazo extraíbles junto con refuerzos laterales que permiten una posición de viaje cómoda y ergonómicamente correcta. Es compatible con las diferentes bases giratorias que hemos visto. Asiento “GS” (nombre comercial), la profundidad del asiento o de los reposabrazos se puede adaptar y ajustar a las necesidades individuales de la persona. En el caso de los niños, se puede ir adaptando a su crecimiento y es compatible con las diferentes bases giratorias que se encuentran en el mercado. Para más información ponerse en contacto con el Area de Desarrollo Tecnológico del Ceapat-Imserso.

lunes, 21 noviembre 2022 11:14

Conclusiones de los Seminarios Accesibilidad por Derecho: “El derecho a la autonomía personal”
21 - 01 - 2022

Conclusiones de los Seminarios Accesibilidad por Derecho: “El derecho a la autonomía personal”

El seminario del día 8 de octubre de 2021 abordó “El derecho a la autonomía personal”. En esta ocasión, el objetivo fue ofrecer un espacio de encuentro, información y debate sobre cuestiones relativas al reconocimiento de la autonomía personal como derecho, la importancia de la accesibilidad universal para la promoción de la autonomía personal así como de los apoyos humanos y materiales necesarios para garantizar la toma de decisiones, control de la propia vida y participación en la sociedad. La primera mesa contó con las intervenciones de Dña. Lourdes Bermejo, vicepresidenta de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, D. Gregorio Saravia, delegado del Cermi Estatal para los Derechos Humanos y la Convención de la ONU de la Discapacidad, y Dña. Betilde Muñoz, directora del Departamento de Inclusión Social de la Organización de Estados Americanos. Se revisó el enfoque actual del término “autonomía personal” como derecho, contextualizando su origen en la concepción ilustrada de la libertad. Se subrayó que este derecho se refiere a la toma de decisiones por las personas con discapacidad en los ámbitos público y privado, y a que estas decisiones sean respetadas, abarcando dimensiones de los derechos humanos como los derechos civiles, políticos y patrimoniales. Asimismo, se analizó la evolución del modelo de la discapacidad, desde un paradigma anclado en la mirada hacia el individuo hasta un modelo que incorpora la importancia de la consideración del entorno y de los cambios necesarios en el mismo. En este recorrido se subrayó como clave el empoderamiento colectivo de las personas con discapacidad e influencia en la labor legislativa, destacando como hito la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. En la segunda mesa del seminario los tres ponentes compartieron sus experiencias, conocimiento y reflexiones basadas en sus trayectorias personales y profesionales vinculadas a la autonomía personal. En primer lugar intervino D. Alvaro Galán, coordinador del Proyecto Alianzas con el Talento de Función ONCE, en segundo lugar, Dña. Myriam Arnáiz, directora técnica del Area de Autonomía Personal y Vida Independiente de PREDIF y, finalmente, Dña. Montserrat Pallarés, presidenta de COCEMFE Barcelona. Los contenidos de esta mesa giraron en torno a la importancia de las barreras actitudinales, de transporte y de comunicación que limitan la inserción laboral y la participación en la sociedad, así como el papel imprescindible de la figura del asistente personal para la vida independiente y autonomía personal. En relación a la figura de la asistencia personal se resaltó la falta de desarrollo normativo y desigualdad en el territorio nacional para garantizar el acceso a este servicio. A partir de las cuestiones suscitadas por las personas asistentes al seminario sirvieron como hilo conductor en los debates de ambas mesas los siguientes temas: cómo influyen las barreras actitudinales del entorno en el ejercicio del derecho a la autonomía personal, cómo potenciar el trabajo de las organizaciones de personas con discapacidad, sociedad civil, sector académico y todo el ecosistema implicado; qué papel juegan las tecnologías de la información y la comunicación en la autonomía personal y el riesgo de la brecha digital, y qué avances deberían darse para que la figura de asistente personal tuviera más presencia en nuestra sociedad para el impulso de la autonomía personal. Como conclusiones y retos de futuro, se pueden destacar los siguientes: la autonomía personal debe ser considerada un derecho irrenunciable para garantizar la igualdad de oportunidades a todas las personas; es fundamental pasar de la teoría a la práctica, con la participación de todos los agentes resultando necesario impulsar y mejorar el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Para finalizar, queda un importante trabajo por hacer para avanzar en la eliminación de prejuicios, estereotipos y estigmas sociales, siendo crucial la implicación de las instituciones involucradas en la formación para el desempeño profesional en el ámbito de la discapacidad.

viernes, 11 noviembre 2022 09:34

España es pionera en muñecas de diseño universal
17 - 12 - 2021

España es pionera en muñecas de diseño universal

España es pionera en muñecas de diseño universal La empresa M. Llorens Juan, S.L.U. creó las muñecas con la intención de reducir la discriminación, poniendo en el mercado nuevos productos más fáciles de usar por todos los niños y niñas y respetando la diversidad de capacidades. Además, tuvo especial cuidado en que su aspecto fuera tan atractivo como el del resto de las muñecas. ¿Pero en qué se diferencian? Tienen rasgos y proporciones muy realistas, fáciles de identificar al tacto. Los ojos y pestañas han sido diseñados con detalle. Su cuerpo es blandito y de tacto agradable para facilitar el juego afectivo y de imitación de papeles de adultos. Todas ellas son de plástico y relleno textil para evitar posibles lesiones ocasionadas por golpes debidos a los movimientos incontrolados. Las muñecas tienen un peso inferior a los 900 gramos. Ni muy grandes ni muy pequeñas Se comprobó que las muñecas de tamaño muy reducido o muy grande suelen ser más difíciles de manejar cuando la manipulación es diferente. Para responder a los diferentes gustos y capacidades se fabrican en 3 tamaños: 33 cm, 42 cm y 48 cm. Sin pelo o con pelo corto Los estudios demostraron que las muñecas sin pelo o con pelo corto, eran más adecuadas ya que al no peinarlas empeoraban su aspecto, resultando menos atractivas. No obstante el pelo es un elemento de agarre y por ello se ha mantenido el pelo largo en algunas de ellas, cuidando de forma especial la calidad del pelo y su peinado, de forma que no se deteriore demasiado si no se peina. Además, en los casos en los que la muñeca tiene el pelo largo, siempre se han elegido las prendas superiores de los trajes con cierre delantero para evitar que el pelo moleste para abrocharlo. Manos cerradas Los estudios de usabilidad de los trajes realizados mostraron que los dedos abiertos de las manos de las muñecas son, con frecuencia, un elemento que dificulta la colocación de los trajes, ya que las mangas se enganchan con los dedos al intentar ponerlas. Por este motivo, para algunas de las muñecas de la colección se fabrican con manos cerradas. Pero también se han mantenido muñecas con las manos abiertas, pues su aspecto concuerda más con el diseño de la propia muñeca. En estos casos, se ha puesto especial cuidado en la amplitud y diseño de las mangas de su traje. Trajes fáciles de orientar y colocar al tacto Todas las prendas de ropa tienen etiquetas en la parte trasera, para facilitar su orientación y colocación. Las etiquetas son fáciles de localizar, tanto al tacto como visualmente, por ser de alto contraste. Trajes fáciles de poner y quitar El diseño de sus trajes ha sido pensado cuidadosamente para conseguir que la ropa y complementos resulten fáciles de poner, quitar. Estas son algunas de sus características: Velcros discontinuos y fáciles de pegar y despegar Trajes con aperturas amplias. Mangas y perneras anchas. Gomas amplias y muy elásticas. Telas de buena calidad y fácil lavado, cuyo objetivo es facilitar su higiene. Cuellos amplios que resulten fáciles de abrochar. Pantalones con apertura inferior para facilitar su colocación. Trajes fáciles de identificar y diferenciar al tacto Todos los trajes disponen de un elemento identificativo fácil de percibir al tacto, de forma que facilite la localización de los trajes disponibles. Además, en los trajes de varias piezas, todas ellas disponen de un elemento común que permite reconocer al tacto qué pieza combina con cuál. Los trajes incorporan tantos elementos diferenciadores al tacto como prendas tiene ese conjunto en cuestión. ¿Cómo se desarrolló la colección? La investigación y desarrollo fueron financiados por el Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA) y la Cámara de Comercio de Alicante. Para el desarrollo de este proyecto se creó un equipo de trabajo del que formaron parte, además del equipo directivo y de diseño de Muñecas Llorens y el Instituto Tecnológico del Juguete (AIJU), Terapeutas Ocupacionales de Ceapat-Imserso de Madrid y expertos de su delegación en Albacete. También colaboraron Asprona–La Roda, la Once y el Terapeuta Ocupacional Sergio Martínez Pérez como profesional independiente. Cada traje y cada muñeco fueron testados con diversidad de niños y niñas y modificándolos en sucesivas ocasiones durante un año. Partiendo de las recomendaciones de diseño generadas por los expertos, la empresa creó muñecas, trajes y complementos respetando estas pautas.

jueves, 17 noviembre 2022 13:48

Conclusiones de los Seminarios Accesibilidad por Derecho: «Accesibilidad con enfoque de género»
10 - 12 - 2021

Conclusiones de los Seminarios Accesibilidad por Derecho: «Accesibilidad con enfoque de género»

Etiquetas: accesibilidad

Conclusiones de los Seminarios Accesibilidad por Derecho: «Accesibilidad con enfoque de género» El seminario del día 5 de octubre de 2021 abordó la «Accesibilidad con enfoque de género». Desde Ceapat, Imserso, la incorporación de esta perspectiva en la aplicación de medidas de accesibilidad a entornos, procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, supone poner de manifiesto los obstáculos que las mujeres y niñas con discapacidad, pueden encontrar en su acceso y si las barreras se producen a consecuencia de la intersección entre género y discapacidad. Con la participación de profesionales de diferentes disciplinas en las dos mesas redondas que conformaron el Seminario, se evidenció que las mujeres han tomado conciencia del rol de género que tradicionalmente les ha sido asignado, y la necesidad de romper con estereotipos que han minado su participación igualitaria en todos los ámbitos a lo largo de su ciclo vital. En ambas mesas, sobre el concepto de accesibilidad pivotó la reivindicación de implementar medidas dirigidas, específicamente, a mujeres y niñas con discapacidad, pues de no tomar en cuenta este enfoque, las consecuencias impactan más negativamente sobre ellas. La primera mesa contó con la participación de Dña. Ana Peláez Narváez, vicepresidenta ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres, Dña. Inés Novella Abril, catedrática UNESCO-UPM de Género y Políticas de Igualdad en Ciencia, Tecnología e Innovación, Dña. Yolanda de la Fuentes Robles, directora del Grupo de Investigación Género, Dependencia y Exclusión Social de la Universidad de Jaén y Dña. Cecilia Terzaghi, representante de la Asociación Latinoamericana de Gerontología Comunitaria (Algec). A lo largo de sus exposiciones, las ponentes explicaron la influencia de las barreras de accesibilidad en el desarrollo vital de mujeres y niñas con discapacidad, y cómo la ausencia de medidas que la implementen puede restringir gravemente el ejercicio de sus derechos. Las ponentes, desde sus diferentes espacios profesionales, evidenciaron que el reconocimiento transversal del enfoque de género en la accesibilidad no solo es necesario, sino imprescindible tanto en espacios aparentemente neutros (como las ciudades o los medios de transporte), como en espacios, entornos y servicios utilizados mayoritariamente por mujeres y niñas (servicios de atención a la salud, incluida la salud sexual y reproductiva, servicios de apoyo a mujeres víctimas de violencia de género). Aunar en una misma reflexión la accesibilidad universal y la perspectiva de género, requería explorar detalladamente qué opinan las mujeres con discapacidad y qué obstáculos les impiden, desde esta intersección, el ejercicio de sus derechos en igualdad. Para ello, la segunda mesa del Seminario contó con la participación de Dña. Marta Castillo, presidenta de FEGRADI y del CERMI Andalucía, Dña. Laura Fernández, investigadora de la Fundación Matia, Dña. Cristina Gutiérrez Ruiz, técnico de investigación de Confederación Autismo España y Dña. Gabriela Groba, directora del CIAPAT Argentina y directora de la Asociación de psicólogas y psicólogos de Buenos Aires (APBA). En esta segunda mesa se abordaron, en algunos casos en primera persona, los obstáculos de accesibilidad que experimentan mujeres y niñas con discapacidad en su vida cotidiana y que les dificultan llevar a cabo su proyecto vital en igualdad de condiciones y oportunidades. A modo de conclusión, este Seminario sobre «Accesibilidad con enfoque de género» marcó la hoja de ruta para el desarrollo de un proyecto promovido por Ceapat, Imserso que tiene como objetivo visibilizar qué barreras y obstáculos de accesibilidad impactan, de forma más significativa, sobre mujeres y niñas con discapacidad, desde un enfoque de derechos humanos. Enlaces: Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Observación general núm. 3 (2016), sobre las mujeres y las niñas con discapacidad. Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Observación general Nº 2 (2014) Artículo 9: Accesibilidad Informe de la Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad de 14 de julio de 2017. La salud y los derechos en materia sexual y reproductiva de las niñas y las jóvenes con discapacidad

viernes, 11 noviembre 2022 09:44

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martes, 29 noviembre 2022 12:13

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